sábado, 31 de julio de 2010

Anulada sentencia condenó hombre por lesionar a prostituta no le hizo rebaja

La Audiencia Provincial de Murcia ha anulado la sentencia del juzgado de lo penal número 2 de Cartagena que condenó a un hombre a un año y medio de prisión por lesionar a una prostituta que se negó a hacerle una rebaja, ya que el juicio se celebró sin que hubieran sido citados a declarar como testigos los dos guardias civiles que practicaron las diligencias del caso.

Dice la sentencia a la que ha tenido acceso Efe que el juzgado, en otra de enero de 2009, declaró como hechos probados que "el acusado contrató los servicios de la prostituta en Cartagena en la madrugada del 6 de enero y la trasladó en su vehículo a la casa de él, ubicada en Mar de Cristal".

Al llegar al lugar, el denunciado observó que había perdido las llaves de la vivienda, por lo que, "tras un buen rato de búsqueda infructuosa, ambos decidieron consumar las relaciones sexuales en un descampado de las proximidades".

Al requerirle la mujer que la llevase de nuevo a Cartagena "puesto que el tiempo previsto para sus servicios se había alargado considerablemente, el acusado no se mostró conforme con la petición y se inició una discusión en relación con el dinero que le debía pagar".

El denunciado le entregó un billete de 50 euros y le exigió que le devolviera una parte, a lo que ella se negó, tras lo que se produjo un forcejeo en el interior del vehículo.

De regreso a Cartagena, añade la sentencia, el hombre se desvió de la autovía hacia la carretera que une Los Beatos con el cruce de Las Cañas, "y, acto seguido, empujó a la perjudicada, que resultó arrojada del coche al firme de la carretera".

La mujer sufrió lesiones que tardaron en curar 45 días, por lo que el juzgado de lo penal condenó al acusado por un delito de lesiones a la pena de un año y medio de cárcel y al pago de una indemnización a la víctima de 2.479 euros.

Ahora, la Audiencia, al aceptar el recurso presentado por la defensa y anular la sentencia, ha reprochado la actitud del juez, que prescindió de la declaración como testigos de los guardias civiles que levantaron el atestado y que presenciaron parte de los hechos.

Además, obliga a repetir el juicio con un juez distinto "para evitar todo riesgo de contaminación objetiva"

FUENTE: http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=460650

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